Es el mismo texto del contrato que vas a firmar. Los importes se completan en tu contrato.
Art. 1 — DE LAS OBLIGACIONES Y BENEFICIOS DEL ALUMNO.
a) EL ALUMNO tendrá accesos a clases presenciales y/o virtuales; grabaciones; materiales académicos digitales; simulacros y evaluaciones; clases de refuerzo; acceso a la plataforma virtual del Cursillo Solow; entre otros. Los servicios disponibles podrán variar de acuerdo con la modalidad de inscripción de EL ALUMNO.
b) EL CURSILLO proporcionará credenciales para acceder a su plataforma virtual. Las credenciales son personales e intransferibles. EL ALUMNO será responsable de su utilización y deberá mantener la confidencialidad de su usuario y contraseña. Queda prohibido compartir, prestar, vender o facilitar el acceso a la cuenta a terceros. Cuando EL ALUMNO detecte un acceso no autorizado o considere que sus credenciales han sido comprometidas, deberá comunicarlo inmediatamente a EL CURSILLO.
c) Los materiales, grabaciones, documentos y demás recursos proporcionados por EL CURSILLO están destinados exclusivamente al uso personal y académico de EL ALUMNO. La inscripción otorga únicamente un derecho personal, limitado, no exclusivo y no transferible para utilizar dichos recursos durante su proceso de preparación académica. La entrega o disponibilidad de los materiales no implica la transferencia de derechos de propiedad intelectual sobre ellos. Queda expresamente prohibido: c.1) compartir los materiales con personas ajenas a EL CURSILLO; c.2) publicar o redistribuir grabaciones o materiales; c.3) comercializar los recursos académicos; c.4) proporcionar accesos, usuarios o contraseñas a terceros; c.5) utilizar los contenidos en otros cursillos, instituciones o emprendimientos sin autorización; c.6) reproducir o distribuir de manera no autorizada materiales protegidos.
d) Se creará un grupo académico en la plataforma WhatsApp para informaciones referentes al proceso educativo. Dicho grupo será exclusivo para fines académicos.
e) EL ALUMNO debe hacerse responsable de asistir los días de clases pactados y tendrá que asistir en su turno y sección donde se matriculó.
f) Se llevará un registro de asistencia para cada materia. EL ALUMNO deberá ser puntual, participar activamente en clase, resolver dudas, estudiar los temas abordados y mantener una actitud que favorezca su propio aprendizaje y el de sus compañeros.
g) En caso de no asistir a clase, EL ALUMNO deberá notificar su ausencia a la secretaría o mediante el canal habilitado, justificando el motivo. Se exigirá un mínimo del 90% de asistencia mensual. Las inasistencias voluntarias o atribuibles a EL ALUMNO no generan automáticamente derecho a: devolución proporcional; reducción de cuotas; clase individual; repetición personalizada; modificación del calendario; extensión del programa. La inasistencia, por sí sola, no constituye una solicitud de retiro del cursillo. Si EL ALUMNO desea retirarse, deberá comunicarlo formalmente conforme al procedimiento establecido en el presente contrato.
h) EL ALUMNO que deje de asistir a las clases perderá los derechos a toda información, los accesos a las plataformas y será eliminado.
i) Si EL ALUMNO se matricula de manera tardía, no pagará la cuota del mes o los meses ya avanzados y no podrá exigir clases o temas ya desarrollados. Se unirá en el punto donde se esté en el programa.
j) EL ALUMNO deberá presentarse a las instalaciones de EL CURSILLO con vestimenta adecuada para un ambiente académico y de convivencia. Podrá limitarse razonablemente el ingreso al aula cuando se utilicen prendas que resulten manifiestamente inadecuadas para dicho entorno, incluyendo: j.1) camisillas, musculosas o prendas que dejen excesivamente descubierto el torso; j.2) tops o prendas similares que no resulten adecuadas para el contexto académico; j.3) ropa excesivamente transparente; falda por encima de la mitad del muslo. j.4) prendas con mensajes, imágenes o expresiones ofensivas, discriminatorias, violentas o de contenido manifiestamente inapropiado; j.5) zapatillas, sandalias, o cualquier calzado abierto.
k) EL ALUMNO deberá mantener un comportamiento respetuoso. Se prohíben especialmente: k.1) violencia física; k.2) amenazas; k.3) acoso o intimidación; k.4) actos discriminatorios; k.5) insultos graves; k.6) daño intencional; k.7) interrupción reiterada de clases; k.8) conductas que pongan en riesgo a terceros. k.9) Dentro del local de estudios no se podrá fumar ni beber bebidas alcohólicas. EL ALUMNO deberá colaborar con el cuidado de los espacios comunes y respetar las disposiciones de limpieza y mantenimiento establecidas. Los daños intencionales o causados por una conducta negligente podrán dar lugar a las medidas correspondientes y, cuando legalmente proceda, a la obligación de reparar el daño efectivamente causado.
Art. 2 — MEDIDAS DISCIPLINARIAS
Según la gravedad y reiteración, podrán aplicarse:
a) advertencia verbal;
b) advertencia escrita;
c) comunicación al tutor;
d) suspensión temporal;
e) terminación del servicio ante hechos graves o reiterados. Las medidas deberán guardar proporcionalidad con la conducta.
Art. 3 — USO DE IMAGEN
EL ALUMNO y/o TUTOR autoriza(n) expresamente a EL CURSILLO a captar, registrar, reproducir, editar, publicar y difundir su imagen, voz y/o participación mediante fotografías, grabaciones de audio, videos u otros materiales audiovisuales obtenidos durante clases, simulacros, exámenes, actividades académicas, eventos, premiaciones, entrevistas, testimonios y demás actividades organizadas o vinculadas al cursillo. La autorización se concede de forma gratuita, no exclusiva y sin generar derecho a remuneración, regalía o compensación económica alguna a favor del ALUMNO por la utilización autorizada de su imagen o voz.
La imagen, voz o material audiovisual del ALUMNO no podrá ser vendido o cedido a terceros para finalidades comerciales ajenas a las actividades, servicios o promoción institucional de EL CURSILLO, salvo nueva autorización expresa del titular o de su representante legal cuando corresponda.
Art. 4 — DEL COSTO DEL SERVICIO EDUCATIVO.
a) Como contraprestación por los servicios educativos brindados por parte del cursillo, EL ALUMNO y/o EL TUTOR se compromete(n) a abonar el costo por el servicio educativo, el cual se expresa en una suma única. Para facilitar el cumplimiento de esta obligación, se permite el pago en cuotas iguales que deberán ser abonadas mensualmente, independientemente de la cantidad de días asistidos durante dicho período. Además, se exige el pago inicial de la matrícula, el cual es un requisito indispensable para acceder a los servicios de EL CURSILLO.
c) Durante el primer mes, es obligatorio abonar tanto la matrícula como la primera mensualidad.
d) En caso de optar por el pago total de todas las mensualidades en un solo desembolso, se aplicará un descuento del 20% sobre el monto total.
e) Se suscribirá un documento que refleje el monto total pactado entre las partes. El pago deberá ser completado en su totalidad antes de la finalización del presente acuerdo, cumpliendo con los plazos y condiciones previamente establecidos.
Art. 5 — FORMA Y OPORTUNIDAD DE PAGO.
a) EL ALUMNO y/o EL TUTOR declara(n) conocer que el programa posee un precio total único, cuya cancelación puede ser dividida en cuotas iguales como facilidad de pago.
b) En aquellos casos en que el inicio de clases se produzca a mitad de mes, el primer pago deberá ser efectuado hasta el último día calendario de dicho mes, sin excepción. A partir del mes siguiente, las cuotas se considerarán regulares y deberán abonarse conforme al calendario establecido.
c) Las cuotas regulares vencen el día 15 de cada mes o, en caso de coincidir con un día inhábil, el siguiente día hábil más próximo. El incumplimiento en el pago en la fecha indicada generará automáticamente mora (PYG. 50.000) a partir del día siguiente, sin necesidad de notificación previa.
d) Todos los pagos podrán efectuarse en la secretaría de EL CURSILLO, en efectivo, billetera electrónica o mediante transferencia bancaria. EL CURSILLO emitirá los comprobantes fiscales correspondientes para cada transacción.
Art. 6 — PENALIDAD POR MORA
a) En caso de retraso, en algunos de los pagos, se aplicará una multa de PYG 50.000 por pago fuera del plazo establecido. No obstante, se podrán realizar excepciones en casos específicos, previo acuerdo entre las partes y siempre que dichas condiciones sean formalizadas por escrito.
b) Si se acumularen 3 (tres) o más cuotas vencidas y no pagadas, EL CURSILLO se reserva el derecho de exigir el saldo pendiente, conforme a lo dispuesto en el Art. 2.239 del Código Civil. y podrá suspender la provisión del servicio hasta la regularización de los pagos o bien, rescindir el contrato.
c) EL ALUMNO y/o EL TUTOR autoriza/n irrevocablemente a EL CURSILLO para que, en caso de que exista un atraso superior a 90 días en el pago de sus obligaciones o de cualquier deuda que mantenga con EL CURSILLO, se proceda a incluir su nombre o razón social en el registro general de morosos de Informconf o cualquier otra empresa privada dedicada a proveer servicios de información financiera, en los términos de las legislaciones específicas vigentes.
d) Una vez cancelada la deuda, EL CURSILLO procederá a la eliminación del registro en los términos de las Leyes No. 1682/01 y No. 1969/02, previo pago de G. 50.000 por parte del EL ALUMNO y/o EL TUTOR.
Art. 7 — ALCANCE Y DURACIÓN.
a) El presente acuerdo tendrá una vigencia desde la fecha de la firma del presente documento hasta el último examen del periodo de admisión del 2027
b) Si EL ALUMNO, por decisión propia, decide abandonar el curso, deberá presentar una solicitud por escrito para formalizar su desinscripción de EL CURSILLO. Una vez realizada la solicitud, EL ALUMNO estará obligado a retirarse inmediatamente de cualquier plataforma y/o herramienta con información y/o materiales de EL CURSILLO.
c) En caso de desinscripción, se calculará el monto proporcional por los servicios ya prestados, y si corresponde, EL ALUMNO y/o EL TUTOR deberán abonar las cuotas correspondientes al saldo total establecido al momento de su inscripción. Si la comunicación de desinscripción no se realiza de forma adecuada y en el plazo indicado, se considerará que su inscripción continúa activa y las cuotas seguirán siendo exigibles conforme a lo pactado inicialmente.
d) La inscripción no se suspende automáticamente por inasistencia. Cualquier solicitud de congelamiento o pausa deberá ser presentada por escrito. La ausencia sin comunicación no equivale a retiro.